Como muchos de ustedes saben, llegué a España en julio de 2016 y María José lo hizo tres meses después, el 20 de septiembre de ese mismo año. Para ese momento, nosotros teníamos varios años casados e incluso habíamos registrado nuestro matrimonio en el consulado de España, debido a mi nacionalidad española, por lo que ya poseíamos el famoso “libro de familia” y la literal de matrimonio, lo que permitió que ella entrara sin problemas a Europa a pesar de venir sola.
Tramitación de la residencia de familiar de comunitario
Para la fecha de su llegada, yo ya había solicitado su cita para la Residencia de Familiar de Comunitario (en aquel momento se conseguían para mes y medio en el futuro, aproximadamente). Dicha cita era para el 10 de octubre, es decir, 20 días después de su llegada al país.
La resolución tardó poco, específicamente 3 semanas, y el 31 de octubre tenía su “resuelto favorable”, o sea, su residencia en España; pero aún faltaba tramitar el carnet, lo que comúnmente se llama “toma de huellas”. El día de la resolución, ese mismo 31 de octubre (ahora es que me doy cuenta de que era Halloween), comencé a buscar citas para ese trámite, y la conseguí para una semana después (para el 7 de noviembre en Alcobendas) y al mes se lo entregaron.
Sin embargo, a efectos de residencia, la misma estaba vigente desde el 31 de octubre de 2016, que es la fecha de su “resuelto favorable”. Por lo tanto, al estar casada con un español, después de un año de residencia podía iniciar la solicitud de su nacionalidad española por residencia, así que sólo quedaba esperar.
Ten en cuenta que si eres nacional de un país iberoamericano y no estás casado con español o española, necesitas dos años de residencia en vez de uno para pedir la nacionalidad española por residencia.
Solicitud nacionalidad española por residencia
Cuando faltaban tres meses para que se cumpliera ese año, comenzamos los preparativos. María José se inscribió en el Instituto Cervantes para la prueba CCSE de integración a la sociedad española y nos embarcamos en el viacrucis de pedir a Venezuela su partida de nacimiento y sus antecedentes penales apostillados. Finalmente, el 17 de noviembre de 2017, un año y dos semanas después de la concesión de su residencia; iniciamos el proceso de solicitud telemática de su nacionalidad española.
Ten en cuenta que en ese momento lo hicimos por nuestra cuenta sin saber todo lo que se nos venía encima, actualmente recomiendo hacerlo a través del colegio de abogados porque es mucho más rápido y probablemente te ahorres el proceso del recurso contencioso administrativo. Yo tengo unos abogados muy buenos que pueden ayudarte con eso, escríbenos por este formulario para ponerte en contacto con ellos.
A partir de ese momento (debo confesar que entraba al menos cada tres días a revisar el estatus, que por cierto nunca cambió) estuvo en “Pendiente solicitud informes preceptivos”. Siempre tuvimos la esperanza de que el trámite fuera más rápido, pero cuando transcurrieron aproximadamente ocho meses, comencé a investigar y me encontré con que, una vez cumplido el año de introducir la solicitud sin ser concedida, se podía interponer ante la Audiencia Nacional un Recurso Contencioso Administrativo para agilizarla, trámite para el que es necesario un abogado colegiado.
Si tienes más de un año que solicitaste la nacionalidad española por residencia y sigues en espera, contáctanos por este formulario para que nuestros abogados para que te ayuden a agilizarlo como hicimos nosotros.
Agilización solicitud nacionalidad española por residencia
Decidí profundizar en esa vía. Averigüé con diferentes abogados hasta que di con unos muy buenos, que me dieron un buen precio y decidimos trabajar con ellos. El 29 de noviembre de 2018, un año y doce días después de introducida la solicitud de nacionalidad española, fue presentado el recurso por nuestro letrado. Tras dos meses y medio, el expediente cambió de estatus a “Pendiente respuesta informes preceptivos oficiales solicitados”, lo que significaba que el trámite había avanzado un paso, la emoción fue muchísima, pero todavía faltaba un camino por recorrer.
Cuatro meses después (yo seguía entrando todos los días a revisar), específicamente el 7 de mayo, volvimos a tener otro avance: el estatus de su solicitud cambió a “En calificación”, que suele ser el último. La emoción, ansiedad y angustia iban in crescendo, como es lógico.
Tocó esperar casi un mes y finalmente, el 10 de junio de 2019, apareció la palabra mágica “concedida”… Para los dos fue una gran alegría, pero este no fue el “final feliz” de la historia, pues aún faltaban algunas cosas, que no sabíamos que nos tomarían unos seis meses más, hasta que ella tuviera su pasaporte y DNI en mano.
Pre jura de la nacionalidad española
Como nosotros vivimos y estamos empadronados en el ayuntamiento de Madrid, a ella le correspondía hacer su jura de nacionalidad en el Registro Civil Único ubicado en Pradillo 66; pero en ese Registro Civil, el proceso se realiza en dos partes, la primera es la llamada “pre-jura”, en la que te darán la cita para la “jura” como tal.
En el caso de María José, conseguimos la cita de la “pre-jura” para sólo dos semanas en el futuro, específicamente el 25 de junio, lo que fue de mucha suerte, porque tengo entendido que normalmente esa cita suele conseguirse para tres o cuatro meses en el futuro.
Ese día la acompañé al Registro Civil. Ella llevó su pasaporte, NIE, resolución de la concesión que la descargó de la “Carpeta Ciudadana” (que es una web de la administración en la que está toda la información de tus trámites y expedientes con el Estado), y también su partida de nacimiento venezolana apostillada, además de los antecedentes penales que utilizó al momento de solicitar la nacionalidad.
Si se hace la solicitud con nuestros abogados, ellos se encargan de descargarte la resolución y entregártela. Escríbeles por este formulario
Allí, en la cuarta planta si mal no recuerdo, nos recibió la funcionaria con peor humor de toda la administración pública española. Afortunadamente luego la atendió una persona mucho más amable, que le recibió sus documentos y le dio su cita para la jura con fecha 5 de noviembre, casi cinco meses después.
Jura de la nacionalidad española
El día de la jura fue un evento muy “sobrio” (desabrido más bien). El hecho es que, tal como indicó el juez que presidía el acto, la nacionalidad española se obtiene de pleno hecho y derecho ese día, en el momento que juras o prometes fidelidad al Rey y a la Constitución, y firmas el acta. En ese momento, nos indicaron que la literal de nacimiento para DNI le llegaría “próximamente” por correo postal a la dirección que indicó.
Pues, volvimos a lo normal, esperar… Una semana, dos, tres… Cuando estaba a punto de cumplirse el mes, específicamente el 2 de diciembre de 2019, llegó la bendita carta. en un pequeño sobre amarillo, con el logo del Registro Civil, venía el tan ansiado papel: su literal de nacimiento para DNI.
Obtención DNI y Pasaporte español por nacionalidad por residencia
En ese momento busqué cita en la Policía para expedición de DNI y, milagrosamente, conseguí para el día siguiente, martes 3 de diciembre a las 19:00, en la comisaría de la calle de La Luna, 17, en Madrid.
Ese martes, en horas de la mañana, fuimos al ayuntamiento a pedir una copia actualizada de su padrón. Ella fue a tomarse la foto y en la tarde nos fuimos a la comisaría. Llegamos un poco más temprano, a eso de las 18:00, y decidimos entrar a ver si la atendían. Introdujimos en la máquina su número de NIE, el aparatito escupió el papel con su número de turno y en ese momento, de inmediato, la llamaron.
Para esa cita llevó la literal para DNI, su padrón actualizado, la foto y 42 euros en efectivo (12 para el DNI y 30 para el pasaporte). Tras unos 10 minutos sentada con el funcionario, volvió a donde yo la esperaba con su DNI en mano, se sentó, me indicó que el funcionario se queda con su NIE (sí, el carné que la acompañó estos tres años como documento de identidad se lo quedan ellos) y que debíamos esperar un poco por el pasaporte.
Unos 10 minutos después la llaman, le entregan su pasaporte y listo. Finalizado el proceso de solicitud de nacionalidad española. Ya tiene Pasaporte y DNI español.
Al día siguiente fue al ayuntamiento con su DNI a actualizar los datos del padrón y efectivamente se lo hicieron sin problemas, por lo que ya está empadronada como española y, si llegase a haber unas nuevas elecciones, podrá votar como cualquier otra española.
Sin embargo, esto no acaba aquí, porque ahora toca ir a Extranjería a informar que ya es española y solicitar lo que llaman un “certificado de concordancia”, que es un documento que indica que la María José Flores que tenía NIE es la misma que ahora que tiene DNI, para ir con ese documento a todos los entes públicos y privados correspondientes para hacer su actualización de datos, por ejemplo: bancos, hacienda, seguridad social, DGT, entre otros.
Recuerden que, si necesitan ayuda para hacer su solicitud de nacionalidad española o para acelerar su trámite, pueden contactarnos por este formulario, donde con gusto los atenderemos.
Recuerda, mi nombre es Enrique Vásquez y soy abogado de extranjería estudiado y colegiado en España, para información migratoria escríbenos a www.yoemigro.com/contactanos.
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